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Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Mié Mar 25, 2015 12:07 pm
por soycarlo15
La acusación popular recurrirá la decisión de Ruz de no sentar en el banquillo a los dirigentes del PP

* Los abogados rebaten la decisión del juez de atribuir a "empleados" como Bárcenas y Lapuerta el delito fiscal de no declarar la caja b
* El PSOE y ADADE señalan a María Dolores de Cospedal y se plantean solicitar la imputación de Mariano Rajoy
* Observatori Desc e IU creen que hay cohecho en las donaciones de los empresarios y que el delito electoral y el de falsedad contable no han prescrito

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El presidente del PP y del Gobierno, Mariano Rajoy


http://www.eldiario.es/politica/acusaci ... 14109.html

Que alguien me explique en que pais occidental sucede lo de españa... El juez señala al partido que gobierna y a sus dirigentes de fraude y que ninguno dimita por ello ni el partido sea declarado ilegal...

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Jue Mar 26, 2015 12:45 pm
por soycarlo15
El PP paga los 245.492 euros por su supuesto lucro en la Gürtel

El Banco Popular avala a la formación política para depositar la fianza por su posible participación a título lucrativo de los delitos cometidos por la trama en Pozuelo y Majadahonda

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Imagen de la sede del Partido Popular en la calle Génova / EFE

El Partido Popular ha depositado en la Audiencia Nacional la fianza solicitada por el juez Pablo Ruz en su auto de apertura de juicio oral por la primera época de la Gürtel, comprendida en el periodo entre 1999 y 2005.

Se trata de 245.492 euros que según las investigaciones, la dirección nacional del PP se habría ahorrado en campañas electorales de los alcaldes Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega en las localidades madrileñas de Pozuelo y Majadahonda, porque ese dinero lo habría puesto el entramado liderado por Francisco Correa.

El abogado del PP, Jesús Santos, ha presentado un aval del Banco Popular por esta cantidad en el juzgado número cinco de la Audiencia Nacional.

Jesús Santos, fiscal de la Audiencia Nacional hasta noviembre de 2012 donde destacó en la lucha antiterrorista junto a Eduardo Fungairiño, no es nuevo en la defensa de casos que afectan al Partido Popular. También ejerce la representación legal en el caso de la 'Caja B' del PP al imputado gerente de Cospedal en Castilla-La Mancha, José Ángel Cañas, que habría cobrado de la mano de Bárcenas el recibí de 200.000 euros para la campaña a la presidencia en 2007 de la entonces candidata a la presidencia autonómica, a cambio de la adjudicación de un contrato de basuras en Toledo a la empresa Sufi, filial de Sacyr.

Además, Santos defiende al PP en el caso de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas en los juzgados ordinarios de la madrileña Plaza Castilla. Una investigación cuyo archivo ha reclamado recientemente la formación conservadora con la excusa de que la propia acusación popular tiene más interés en la causa que el dueño de los equipos informáticos, el extesorero Luis Bárcenas, quien siempre alegó que aquellos ordenadores contenían información sensible sobre la doble contabilidad del PP. La realidad es que Bárcenas, con sus cuentas embargadas y un gran número de pleitos abiertos en distintos juzgados, ha decidido centrarse en los más relevantes para sus intereses personales. Una cuestión de economía procesal, según fuentes cercanas al extesorero.

En esa causa de los ordenadores, el PP alegó al juez Ruz que los había borrado en abril de 2013 para entregárselos a otro trabajador, pero la policía demostró que fueron borrados en julio de ese mismo año, seis días después de que Bárcenas ingresara en prisión, y que nadie después del extesorero llegó a usar los equipos.

http://cadenaser.com/ser/2015/03/25/tri ... 39630.html

Ahora entiendo lo que dijo Rajoy

Rajoy: “Todo es absolutamente falso, salvo alguna cosa”

Se equivocó, era "Todo es absolutamente verdad, salvo alguna cosa"

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Jue Mar 26, 2015 5:25 pm
por AnSiTe
Resulta que también se legisla para combatir la corrupción;

Financiación de partidos, altos cargos y Código Penal
El Congreso da hoy luz verde definitiva a las leyes anticorrupción


http://www.lavozlibre.com/noticias/ampl ... corrupcion

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Jue Mar 26, 2015 7:00 pm
por ayozelahesa
AnSiTe escribió:Resulta que también se legisla para combatir la corrupción;

Financiación de partidos, altos cargos y Código Penal
El Congreso da hoy luz verde definitiva a las leyes anticorrupción


http://www.lavozlibre.com/noticias/ampl ... corrupcion
Sí, llevan aprobando medidas contra la corrupción durante toda la legislatura, y las mismas una y otra vez. Se nota que hay elecciones a la vista.

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Jue Mar 26, 2015 11:03 pm
por acosta
http://www.elmundo.es/espana/2015/03/26 ... b4571.html


Las 44 conductas que se multarán en la nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Con los votos a favor del PP y toda la oposición en contra, la Ley de Seguridad Ciudadana ha sido aprobada este jueves definitivamente por las Cortes, que han avalado un texto que incrementará la libertad, según el Ejecutivo, y sobre el que, sin embargo, planea la amenaza de su derogación si cambia el Gobierno. La nueva norma, que entrará en vigor en julio, pone fin a 16 meses de tramitación en los que el texto ha sufrido numerosas modificaciones con respecto al borrador original del proyecto presentado por Interior en noviembre de 2013. En algunos casos directamente han desaparecido del redactado algunas de las conductas más polémicas como la que sancionaba los "ultrajes a España".

En otros casos se han rebajado las sanciones a imponer: concentrarse sin autorización ante el Congreso de los Diputados ya no será sancionado con un máximo de 600.000 euros, sino con un máximo de 30.000 y siempre que se realice una "perturbación grave de la seguridad ciudadana". Tampoco serán sancionados los periodistas que graben a los agentes de policía, sino quien use esas imágenes de manera que "pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes" (distribuir su foto con esos fines, dirección personal, datos personales...).

Sólo en el trámite seguido en el Congreso de los Diputados un total de 14 infracciones fueron modificadas y 19 directamente eliminadas. Finalmente estas son las 44 razones por las que alguien podría ser sancionado con multas que van desde los 100 euros hasta los 600.000 siempre que no sea delito.

Faltas muy graves
(Entre 30.001 Y 600.000 euros de sanción)
Manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas.
Fabricar, almacenar o usar armas o explosivos incumpliendo la normativa o careciendo de la autorización necesaria o excediendo los límites autorizados.
Celebrar espectáculos públicos quebrantando la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.
Proyectar haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.
Faltas graves
Entre 601 y 30.000 euros de multa
Perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas.
La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas.
Causar desórdenes en la calle u obstaculizarla con barricadas.
Impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales. Este punto sancionaría, por ejemplo, las concentraciones para impedir la ejecución de desahucios.
Las acciones y omisiones que impidan u obstaculicen el funcionamiento de los servicios de emergencia.
La desobediencia o la resistencia a la autoridad así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes.
Negarse a disolver reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público cuando lo ordenen las autoridades competentes cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Reguladora del Derecho de Reunión. Entre estos supuestos se encuentra "cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes" por lo que podría emplearse esta infracción para sancionar los llamados escraches.
Perturbar el desarrollo de una manifestación lícita.
La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.
Portar armas prohibidas o portar o usar armas de modo negligente y temerario o fuera de los lugares habilitados para ello.
Solicitar y disfrutar (por parte del demandante) de servicios sexuales en zonas de tránsito público, cerca de lugares destinados a su uso por menores (colegios, parques...) o en zonas que pueda generar un riesgo para la seguridad vial.
Fabricar, almacenar o usar armas reglamentarias o explosivos sin autorización así como la omisión o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias.
Negarse a las inspecciones en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves.
El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño.
No colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana.
El consumo o la tenencia ilícitos de drogas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares públicos, así como el abandono de los instrumentos empleados para ello.
El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas (las cundas).
Plantar y cultivar drogas en lugares visibles al público.
La tolerancia del consumo ilegal o el tráfico de drogas en locales o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios.
La carencia de los registros previstos en esta ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias.
Dar datos falsos para la obtención de las documentaciones previstas en esta Ley.
Incumplir las restricciones a la navegación reglamentariamente impuestas a las embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras.
El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.
Faltas leves
Sanciones de 100 a 600 euros
La celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores.
Exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio.
Incumplir las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo.
Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad.
Hacer o incitar a actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena.
La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.
La ocupación de casas y la venta ambulante no autorizada.
No denunciar la perdida o el robo de un arma.
Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana.
No tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida.
La negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año.
Negarse a darle la documentación a la Policía.
Causar daños a bienes muebles o inmuebles de uso público o privados que estén en la vía pública.
Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños.
La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.
Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.
El consumo de alcohol en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 9:21 am
por soycarlo15
acosta escribió:http://www.elmundo.es/espana/2015/03/26 ... b4571.html


Las 44 conductas que se multarán en la nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Con los votos a favor del PP y toda la oposición en contra, la Ley de Seguridad Ciudadana ha sido aprobada este jueves definitivamente por las Cortes, que han avalado un texto que incrementará la libertad, según el Ejecutivo, y sobre el que, sin embargo, planea la amenaza de su derogación si cambia el Gobierno. La nueva norma, que entrará en vigor en julio, pone fin a 16 meses de tramitación en los que el texto ha sufrido numerosas modificaciones con respecto al borrador original del proyecto presentado por Interior en noviembre de 2013. En algunos casos directamente han desaparecido del redactado algunas de las conductas más polémicas como la que sancionaba los "ultrajes a España".

En otros casos se han rebajado las sanciones a imponer: concentrarse sin autorización ante el Congreso de los Diputados ya no será sancionado con un máximo de 600.000 euros, sino con un máximo de 30.000 y siempre que se realice una "perturbación grave de la seguridad ciudadana". Tampoco serán sancionados los periodistas que graben a los agentes de policía, sino quien use esas imágenes de manera que "pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes" (distribuir su foto con esos fines, dirección personal, datos personales...).

Sólo en el trámite seguido en el Congreso de los Diputados un total de 14 infracciones fueron modificadas y 19 directamente eliminadas. Finalmente estas son las 44 razones por las que alguien podría ser sancionado con multas que van desde los 100 euros hasta los 600.000 siempre que no sea delito.

Faltas muy graves
(Entre 30.001 Y 600.000 euros de sanción)
Manifestaciones no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas.
Fabricar, almacenar o usar armas o explosivos incumpliendo la normativa o careciendo de la autorización necesaria o excediendo los límites autorizados.
Celebrar espectáculos públicos quebrantando la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.
Proyectar haces de luz sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.
Faltas graves
Entre 601 y 30.000 euros de multa
Perturbar la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas.
La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado y asambleas autonómicas aunque no estuvieran reunidas.
Causar desórdenes en la calle u obstaculizarla con barricadas.
Impedir a cualquier autoridad el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales. Este punto sancionaría, por ejemplo, las concentraciones para impedir la ejecución de desahucios.
Las acciones y omisiones que impidan u obstaculicen el funcionamiento de los servicios de emergencia.
La desobediencia o la resistencia a la autoridad así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes.
Negarse a disolver reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público cuando lo ordenen las autoridades competentes cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Reguladora del Derecho de Reunión. Entre estos supuestos se encuentra "cuando se produzcan alteraciones del orden público con peligro para personas o bienes" por lo que podría emplearse esta infracción para sancionar los llamados escraches.
Perturbar el desarrollo de una manifestación lícita.
La intrusión en infraestructuras críticas (que prestan servicios esenciales para la comunidad) incluyendo su sobrevuelo, cuando se haya producido una interferencia grave en su funcionamiento.
Portar armas prohibidas o portar o usar armas de modo negligente y temerario o fuera de los lugares habilitados para ello.
Solicitar y disfrutar (por parte del demandante) de servicios sexuales en zonas de tránsito público, cerca de lugares destinados a su uso por menores (colegios, parques...) o en zonas que pueda generar un riesgo para la seguridad vial.
Fabricar, almacenar o usar armas reglamentarias o explosivos sin autorización así como la omisión o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias.
Negarse a las inspecciones en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves.
El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño.
No colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana.
El consumo o la tenencia ilícitos de drogas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares públicos, así como el abandono de los instrumentos empleados para ello.
El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas (las cundas).
Plantar y cultivar drogas en lugares visibles al público.
La tolerancia del consumo ilegal o el tráfico de drogas en locales o la falta de diligencia en orden a impedirlos por parte de los propietarios.
La carencia de los registros previstos en esta ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias.
Dar datos falsos para la obtención de las documentaciones previstas en esta Ley.
Incumplir las restricciones a la navegación reglamentariamente impuestas a las embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras.
El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.
Faltas leves
Sanciones de 100 a 600 euros
La celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores.
Exhibir de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio.
Incumplir las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo.
Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad.
Hacer o incitar a actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena.
La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.
La ocupación de casas y la venta ambulante no autorizada.
No denunciar la perdida o el robo de un arma.
Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana.
No tener la documentación personal legalmente exigida o no denunciar su robo o pérdida.
La negligencia en la custodia y conservación de la documentación personal legalmente exigida, considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en el plazo de un año.
Negarse a darle la documentación a la Policía.
Causar daños a bienes muebles o inmuebles de uso público o privados que estén en la vía pública.
Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando haya riesgo de que se ocasionen daños.
La remoción de vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad.
Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.
El consumo de alcohol en lugares públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

Para que te hagas una idea de esta ley...

Hay 3 antidisturbios pegandole patadas a un tio indefenso en el suelo y un tio que graba la accion y la publica ¿A quien se le pena?

Al tio indefenso que está en el suelo y al tio que lo graba, a los 3 antidisturbios no le pasa nada

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Chicos, despues de 40 años, Franco ha vuelto, pero en vez del Aguila simpolo franquista, es la Gaviota

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Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 9:25 am
por soycarlo15
El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado en 2013 por el Consejo de Ministros incluye sanciones de entre 100 a 1.000 euros por perder el dni más de tres veces en el plazo de 5 años.

http://www.citadni.es/entre-100-y-1000- ... er-el-dni/

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 9:34 am
por soycarlo15
AnSiTe escribió:Resulta que también se legisla para combatir la corrupción;

Financiación de partidos, altos cargos y Código Penal
El Congreso da hoy luz verde definitiva a las leyes anticorrupción


http://www.lavozlibre.com/noticias/ampl ... corrupcion
Siempre y cuando no se compare la corrupción que se ha hecho con una donación a Caritas no? o eso ya no se permite?

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 9:36 am
por soycarlo15
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Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 2:46 pm
por soycarlo15
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Rajoy y el PP franquista? Que va...

Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 2:54 pm
por soycarlo15
El juez que afilió a Camps al PP dirigirá el tribunal que depura la corrupción en Valencia

Fernando de Rosa, alto cargo con el PP entre 2003 y 2008, es el nuevo presidente de la audiencia provincial

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Fernando de Rosa.

http://www.eldiario.es/cv/Camps-dirigir ... 62971.html

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Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Vie Mar 27, 2015 2:58 pm
por soycarlo15
La ONU recuerda a España su obligación de extraditar o juzar a responsables de violaciones graves de los derechos humanos

* El aviso de la organización se produce tras la decisión del Consejo de Ministros de no extraditar a 19 acusados por la justicia argentina de violaciones graves de los derechos humanos durante el franquidmo, incluidos exministros como Martín Villa o Utrera Molina
* El juez Velasco archivó el pasado mes la petición de las víctimas para que se detenga a los exministros al considerar que las asociaciones demandantes no tienen legitimación para solicitar la extradición

http://www.infolibre.es/noticias/politi ... _1012.html

Publicado: Sab Mar 28, 2015 1:29 pm
por soycarlo15
Cospedal ha dejado en la ruina a Castilla-La Mancha

El gobierno de Mª Dolores Cospedal no puede tapar con campañas de propaganda ni anuncios de última hora la inacción de toda la legislatura o la aplicación con mano de hierro de las políticas de austeridad, los recortes presupuestarios o el desplome de las inversiones públicas que han dejado una región en la ruina.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/sin ... 14190.html

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Re: Corrupción en la cúpula del PP

Publicado: Lun Mar 30, 2015 4:04 pm
por soycarlo15
Cospedal “camufló” un millón de euros del presupuesto de la cumbre del vino y benefició a la empresa de Lamela

La fundación del exconsejero de Sanidad de Aguirre fue una de las empresas que se repartieron la tarta vinícola manchega

http://www.elplural.com/2015/03/29/cosp ... el-lamela/

El vinate es el vinate... PP y vino siempre han sido como hermanos... :mrgreen:

https://youtu.be/GUy4fwKSLzc

Re:

Publicado: Lun Mar 30, 2015 4:14 pm
por AnSiTe
soycarlo15 escribió:Cospedal ha dejado en la ruina a Castilla-La Mancha

El gobierno de Mª Dolores Cospedal no puede tapar con campañas de propaganda ni anuncios de última hora la inacción de toda la legislatura o la aplicación con mano de hierro de las políticas de austeridad, los recortes presupuestarios o el desplome de las inversiones públicas que han dejado una región en la ruina.

http://www.nuevatribuna.es/articulo/sin ... 14190.html

Enviado desde mi LG G3 usando Tapakubos 5

De ser cierto ese titular, repito, de ser cierto. Cospedal habría dejado a Castilla-La Mancha, tal como se la encontró cuando llegó, en la ruina. :mrgreen:

Y sino que se lo digan a los de la quebrada CCM (la primera en caer si mal no recuerdo) y su ruinoso aeropuerto de Don Quijote en Ciudad Real. Se tiraron cientos de millones de euros en aeropuertos por todo el país, pero sin duda el manchego fue el que se llevó la palma, aunque mediáticamente pareciera que sólo existiera el de Castellón. :)