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Publicado: Mar Mar 29, 2011 6:06 pm
por Grande
La situación del Tenerife es muy negra, pero hay mucha tela que cortar todavia y pueden pasar muchas cosas. Esperemos que los nuestros se comporten de aqui al final y cuando ya lo tengamos en la mano, hablaremos.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 6:11 pm
por La_Cantera
Grande escribió:La situación del Tenerife es muy negra, pero hay mucha tela que cortar todavia y pueden pasar muchas cosas. Esperemos que los nuestros se comporten de aqui al final y cuando ya lo tengamos en la mano, hablaremos.
De acuerdo en todo, lo que si tengo claro y es una opinion personal es que si pierden el proximo domingo ya estaran en 2ºB
El Nastic les sacaria 11 puntos o mejor dicho 10 + el golaverage 10 puntos de ventaja a estas altura de campeonato es muy muy muy mucho.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 6:21 pm
por AnSiTe
La Cantera, yo también pienso lo mismo, la derrota sentenciaría al Tfe como descendido virtualmente, por mucho que quedaran 30 puntos en juego todavía (quién lo iba a decir...).
Ahora mismo para llegar a los 48 puntos necesitarían 7 victorias en 11 partidos cuando han ganado 6 partidos en toda la temporada...
Los del Nástic, saben que ganando el sábado habrán dado un paso de gigante hacia la salvación. Partido muy disputado el de este sábado que no sería de extrañar terminara 0-0.
Ganando al Elche la jornada se redondearía con una derrota del Salamanca en Albacete.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 6:27 pm
por pio pio UDLP
La RFEF le quita una amarilla a Ricardo jugador del Tenerife por lo que podrá jugar ante el Gimnástic de Tarragona ya que recibió una tarjeta roja ante el Elche por doble amarilla pero el comité le quitó una amarilla, y yo pregunto... porque le quitan tantas amarillas a los del Tenerife y a Las Palmas no le quita ni una??
Publicado: Mar Mar 29, 2011 6:32 pm
por AnSiTe
pio pio UDLP escribió:La RFEF le quita una amarilla a Ricardo jugador del Tenerife por lo que podrá jugar ante el Gimnástic de Tarragona ya que recibió una tarjeta roja ante el Elche por doble amarilla pero el comité le quitó una amarilla, y yo pregunto... porque le quitan tantas amarillas a los del Tenerife y a Las Palmas no le quita ni una??
Cuando le quitaron la tarjeta a Nino, sirvió de estímulo al Córdoba que se vió perjudicado. Vamos a ver si no va a ocurrir lo mismo ahora con el Nástic...

Publicado: Mar Mar 29, 2011 6:47 pm
por ayozelahesa
Publicado: Mar Mar 29, 2011 7:27 pm
por Amarilla
pio pio UDLP escribió:La RFEF le quita una amarilla a Ricardo jugador del Tenerife por lo que podrá jugar ante el Gimnástic de Tarragona ya que recibió una tarjeta roja ante el Elche por doble amarilla pero el comité le quitó una amarilla, y yo pregunto... porque le quitan tantas amarillas a los del Tenerife y a Las Palmas no le quita ni una??
Bueno si es justo que le quiten la tarjeta me parece bien. No me pareció bien lo de Nino porque no hay explicación lógica ni razonable para lo que ocurrió. Y por cierto Nino marcó un gol, fíjate si pudo haber sido decisivo que el rival tuvo que remontar. Al final no lo fue, se hizo justicia.
De todos modos, es obvio que el Tenerife en los despachos tiene cierto hada madrina, no suelen ponerle ningún problema para retirarles tarjetas. Más de una vez se ha observado en otros equipos tarjetas obvias que deben ser retiradas pero no se ha hecho.
En fin.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 9:28 pm
por takiroud
pio pio UDLP escribió:La RFEF le quita una amarilla a Ricardo jugador del Tenerife por lo que podrá jugar ante el Gimnástic de Tarragona ya que recibió una tarjeta roja ante el Elche por doble amarilla pero el comité le quitó una amarilla, y yo pregunto... porque le quitan tantas amarillas a los del Tenerife y a Las Palmas no le quita ni una??
¡¿No se la quitaron a Beranger?!

Publicado: Mar Mar 29, 2011 9:39 pm
por Kokealca
Jajajaja a Beranger no, porque fue demasiado descarada, pero a Hidalgo sí me extraña que no se la hayan quitado.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 10:07 pm
por knaria
Grande escribió:La situación del Tenerife es muy negra, pero hay mucha tela que cortar todavia y pueden pasar muchas cosas. Esperemos que los nuestros se comporten de aqui al final y cuando ya lo tengamos en la mano, hablaremos.
Opino lo mismo, primero a hacer los deberes de casa, aunque de todas maneras creo que el Tenerife tiene plantilla para salir de esta. Aunque claro, lamentablemente (y no lo digo por los vecinos) en un club de fútbol mandan los jugadores, deberían pararse a pensar en lo que están haciendo, ya que al fin y al cabo los primeros perjudicados serán ellos mismos. Yo mientras tanto, me centro en lo de casa, como bien dices, ya habrá tiempo de hacer del Off-topic el post más comentado de la temporada.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 10:22 pm
por dosreis
Un paquete como Ricardo debe jugar siempre. Dicho esto marcará el gol de la victoria.
Publicado: Mar Mar 29, 2011 10:47 pm
por ayozelahesa
Publicado: Mar Mar 29, 2011 11:46 pm
por La_Cantera
pio pio UDLP escribió:La RFEF le quita una amarilla a Ricardo jugador del Tenerife por lo que podrá jugar ante el Gimnástic de Tarragona ya que recibió una tarjeta roja ante el Elche por doble amarilla pero el comité le quitó una amarilla, y yo pregunto... porque le quitan tantas amarillas a los del Tenerife y a Las Palmas no le quita ni una??
P-A-D-R-O-N-A-T-O
Te parece poco

Publicado: Mié Mar 30, 2011 12:03 pm
por Agatio
¿Alguien se ha molestado en mirar la acción de la tarjeta que le quitaron a Ricardo?
Para quien no las viera (muchos por lo que parece), le quitaron la primera amarilla, que ni siquiera fue falta. La segunda no se la quitaron (se recurrieron ambas), ya que aunque es muy rigurosa, Ricardo sí agarra al rival levemente, pero no lo suficiente para hacerlo caer (pese a que el jugador se tirara).
EDITO:
ANTECEDENTES
Primero.- El acta arbitral, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de
amonestaciones, literalmente transcrito, dice: "C.D. Tenerife AD: En el minuto 83 el
jugador (8) León Brito, Ricardo fue amonestado por el siguiente motivo: agarrar a un
adversario en la disputa del balón … En el minuto 88 el jugador (8) León Brito,
Ricardo fue amonestado por el siguiente motivo: derribar a un contrario en la
disputa del balón"; haciéndose constar, en el capítulo de expulsiones, que "en el
minuto 88 el jugador (8) León Brito, Ricardo fue expulsado por el siguiente motivo:
doble amarilla".
Segundo.- En tiempo y forma el C.D. Tenerife SAD formula escrito de
alegaciones, aportando pruebas videográficas.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Unico.- Ambas amonestaciones son impugnadas por el mismo motivo.
Se niega que el jugador agarrara o derribara al adversario, atribuyendo al futbolista
del equipo rival exagerar hasta la simulación la influencia del mínimo contacto físico
producido, provocando que el árbitro del encuentro incurriera en un error material
manifiesto.
Las imágenes aportadas muestran las jugadas con claridad. Es oportuno
señalar como en tantas ocasiones que al órgano disciplinario no le corresponde
volver a arbitrar la jugada, esto es, dar su opinión sobre si existe infracción o no, o
con más precisión, si en el caso de que hubiera estado en el campo desarrollando
las funciones del colegiado hubiera adoptado la decisión de amonestar al jugador.
Por el contrario, lo que aquí se trata es de, partiendo de la presunción de
veracidad del acta arbitral, examinar si se ha demostrado que su versión de los
hechos es imposible –no por tanto poco probable-.
Aplicado al caso concreto y conforme a la prueba propuesta, cabe señalar
que en la segunda de las jugadas existe contacto físico en dos ocasiones con el
oponente, y la amonestación pudo obedecer a cualquiera de ellas, sin que se pueda
descartar que ambas –y desde luego la primera- puedan ser calificadas como una
infracción a las Reglas del Juego. Por consiguiente, debe aplicarse a este caso lo
señalado en el artículo 111.1.j) del Código Disciplinario de la RFEF.
Respecto de la primera de ellas, sin embargo, el contacto físico sin ningún
género de dudas carece de relevancia en el posterior desarrollo de la jugada y ni
siquiera supone una acción que escape de lo exigible conforme a la diligencia que
quien participa en un encuentro de fútbol debe obedecer. Por consiguiente, ésta
última no debe ser sancionada disciplinariamente.
Por lo anteriormente expuesto, el Comité de Competición,
ACUERDA: Dejar sin efectos disciplinarios la primera amonestación arbitral,
y consiguiente expulsión, de las que fue objeto el jugador del C.D. Tenerife SAD,
D. RICARDO LEON BRITO, imponiéndole sanción de amonestación por infracción
de las Reglas de Juego en el minuto 88, con multa accesoria en cuantía de 60 € al
club, en aplicación de los artículos 111.1.j) y 52 del Código Disciplinario de la RFEF.
Vamos, lo que había dicho antes: la primera ni siquiera es falta y la segunda es muy rigurosa. Si encima de que salimos perjudicados por el arbitraje, a que se haga justicia se le llama "Padronato"... Pues menuda gracia.
Publicado: Mié Mar 30, 2011 12:19 pm
por ayozelahesa
Agatio escribió:¿Alguien se ha molestado en mirar la acción de la tarjeta que le quitaron a Ricardo?
Para quien no las viera (muchos por lo que parece), le quitaron la primera amarilla, que ni siquiera fue falta. La segunda no se la quitaron (se recurrieron ambas), ya que aunque es muy rigurosa, Ricardo sí agarra al rival levemente, pero no lo suficiente para hacerlo caer (pese a que el jugador se tirara).
EDITO:
ANTECEDENTES
Primero.- El acta arbitral, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de
amonestaciones, literalmente transcrito, dice: "C.D. Tenerife AD: En el minuto 83 el
jugador (8) León Brito, Ricardo fue amonestado por el siguiente motivo: agarrar a un
adversario en la disputa del balón … En el minuto 88 el jugador (8) León Brito,
Ricardo fue amonestado por el siguiente motivo: derribar a un contrario en la
disputa del balón"; haciéndose constar, en el capítulo de expulsiones, que "en el
minuto 88 el jugador (8) León Brito, Ricardo fue expulsado por el siguiente motivo:
doble amarilla".
Segundo.- En tiempo y forma el C.D. Tenerife SAD formula escrito de
alegaciones, aportando pruebas videográficas.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
Unico.- Ambas amonestaciones son impugnadas por el mismo motivo.
Se niega que el jugador agarrara o derribara al adversario, atribuyendo al futbolista
del equipo rival exagerar hasta la simulación la influencia del mínimo contacto físico
producido, provocando que el árbitro del encuentro incurriera en un error material
manifiesto.
Las imágenes aportadas muestran las jugadas con claridad. Es oportuno
señalar como en tantas ocasiones que al órgano disciplinario no le corresponde
volver a arbitrar la jugada, esto es, dar su opinión sobre si existe infracción o no, o
con más precisión, si en el caso de que hubiera estado en el campo desarrollando
las funciones del colegiado hubiera adoptado la decisión de amonestar al jugador.
Por el contrario, lo que aquí se trata es de, partiendo de la presunción de
veracidad del acta arbitral, examinar si se ha demostrado que su versión de los
hechos es imposible –no por tanto poco probable-.
Aplicado al caso concreto y conforme a la prueba propuesta, cabe señalar
que en la segunda de las jugadas existe contacto físico en dos ocasiones con el
oponente, y la amonestación pudo obedecer a cualquiera de ellas, sin que se pueda
descartar que ambas –y desde luego la primera- puedan ser calificadas como una
infracción a las Reglas del Juego. Por consiguiente, debe aplicarse a este caso lo
señalado en el artículo 111.1.j) del Código Disciplinario de la RFEF.
Respecto de la primera de ellas, sin embargo, el contacto físico sin ningún
género de dudas carece de relevancia en el posterior desarrollo de la jugada y ni
siquiera supone una acción que escape de lo exigible conforme a la diligencia que
quien participa en un encuentro de fútbol debe obedecer. Por consiguiente, ésta
última no debe ser sancionada disciplinariamente.
Por lo anteriormente expuesto, el Comité de Competición,
ACUERDA: Dejar sin efectos disciplinarios la primera amonestación arbitral,
y consiguiente expulsión, de las que fue objeto el jugador del C.D. Tenerife SAD,
D. RICARDO LEON BRITO, imponiéndole sanción de amonestación por infracción
de las Reglas de Juego en el minuto 88, con multa accesoria en cuantía de 60 € al
club, en aplicación de los artículos 111.1.j) y 52 del Código Disciplinario de la RFEF.
Vamos, lo que había dicho antes: la primera ni siquiera es falta y la segunda es muy rigurosa. Si encima de que salimos perjudicados por el arbitraje, a que se haga justicia se le llama "Padronato"... Pues menuda gracia.
Yo ni he visto la acción ni la pienso ver, pero por esa misma justifica la de Nino si hay base jurídica
