+1 yo ni lo conocía y tras el documental pregunte a un familiar mayor que si había ocupado algún escaño en cualquier institución de Canarias y su respuesta fue negativa. Los datos objetivos hablan por sí solos.Alma amarilla escribió:A gusto?..no mira..me he quedado tal cual estaba...no soy independentista..ni del PP..ni del PSOE..me considero Canario y Español...y creo que no he dicho nada que no sea verdad.acosta escribió:Alma amarilla escribió:Lo increible es ver como unos usan el petróleo para promover una Canarias Independiente...y otros para atizar al Estado así tengan que apoyar los argumentos de los independentistas con cuyos ideales no están de acuerdo..pero no hay nada más que una que un enemigo común.
Que Canarias se forraría si manejara su propio petróleo..... indudablemente.
Que Canarias no puede manejarlo porque pertenece al Estado Español...y por lo tanto el "petroleo Canario" es petroleo Español...... es un hecho.
Que se podría cambiar la normativa de Minas para que en un futuro España optara a una mayor parte del pastel que ese 10% actual??.... Estan tardando.
El resto de traición a la Madre Canaria, esquiroles, godos, etc....... que si que vale... que valoro que sean de ideas fijas en sus ideales..lo cual es loable...así estos solo les valgan para envejecer entretenidos sin conseguir el objetivo como Cubillo.
Un saludoay mi madre....si no lo largas no te quedas a gusto
Muchos años de lucha con resultados incluso catastroficos para su salud de Cubillo y que ha conseguido?.. Un documental en la TVAC.
Asi al menos lo veo yo..
El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
Y que conste que he dicho que me parece loable creer en un objetivo y ser consecuente con él..dandolo todo..inclusive su vida....es loable y admirable...
Aunque repito, que sin obtener los resultados buscados en toda esa lucha.
Aunque repito, que sin obtener los resultados buscados en toda esa lucha.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
el link está un par de páginas atrás, de todas maneras con la ley ha quedado bien claro quienes son los que realmente de se benefician de la explotación.AnSiTe escribió:Pues sin duda será entonces la mejor opción, esperemos pues que Perreta nos pueda indicar algún link o alguna fuente fiable al menos.Tony_lp escribió:Yo por más que miro y remiro incluso casos concretos en España donde extraen petróleo y no dice nada de esos porcentajes a ver si perreta que fue quien lo dijo nos ilumina.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
El reconocimiento internacional de la causa canaria, si no fuera por Cubillo, Canarias no seria una colonia autónoma. Canarias es una colonia española, que por el bien de nuestro pueblo la descolonización debe de ser cuanto antes mejor.Alma amarilla escribió:A gusto?..no mira..me he quedado tal cual estaba...no soy independentista..ni del PP..ni del PSOE..me considero Canario y Español...y creo que no he dicho nada que no sea verdad.acosta escribió:Alma amarilla escribió:Lo increible es ver como unos usan el petróleo para promover una Canarias Independiente...y otros para atizar al Estado así tengan que apoyar los argumentos de los independentistas con cuyos ideales no están de acuerdo..pero no hay nada más que una que un enemigo común.
Que Canarias se forraría si manejara su propio petróleo..... indudablemente.
Que Canarias no puede manejarlo porque pertenece al Estado Español...y por lo tanto el "petroleo Canario" es petroleo Español...... es un hecho.
Que se podría cambiar la normativa de Minas para que en un futuro España optara a una mayor parte del pastel que ese 10% actual??.... Estan tardando.
El resto de traición a la Madre Canaria, esquiroles, godos, etc....... que si que vale... que valoro que sean de ideas fijas en sus ideales..lo cual es loable...así estos solo les valgan para envejecer entretenidos sin conseguir el objetivo como Cubillo.
Un saludoay mi madre....si no lo largas no te quedas a gusto
Muchos años de lucha con resultados incluso catastroficos para su salud de Cubillo y que ha conseguido?.. Un documental en la TVAC.
Ni siquiera una concienciación de la ciudadania como al que hay en Cataluña por ejemplo o País Vasco....
Asi al menos lo veo yo..
Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
y ........Alma amarilla escribió:A gusto?..no mira..me he quedado tal cual estaba...no soy independentista..ni del PP..ni del PSOE..me considero Canario y Español...y creo que no he dicho nada que no sea verdad.acosta escribió:Alma amarilla escribió:Lo increible es ver como unos usan el petróleo para promover una Canarias Independiente...y otros para atizar al Estado así tengan que apoyar los argumentos de los independentistas con cuyos ideales no están de acuerdo..pero no hay nada más que una que un enemigo común.
Que Canarias se forraría si manejara su propio petróleo..... indudablemente.
Que Canarias no puede manejarlo porque pertenece al Estado Español...y por lo tanto el "petroleo Canario" es petroleo Español...... es un hecho.
Que se podría cambiar la normativa de Minas para que en un futuro España optara a una mayor parte del pastel que ese 10% actual??.... Estan tardando.
El resto de traición a la Madre Canaria, esquiroles, godos, etc....... que si que vale... que valoro que sean de ideas fijas en sus ideales..lo cual es loable...así estos solo les valgan para envejecer entretenidos sin conseguir el objetivo como Cubillo.
Un saludoay mi madre....si no lo largas no te quedas a gusto
Muchos años de lucha con resultados incluso catastroficos para su salud de Cubillo y que ha conseguido?.. Un documental en la TVAC.
Ni siquiera una concienciación de la ciudadania como al que hay en Cataluña por ejemplo o País Vasco....
Asi al menos lo veo yo..
veo que no entiendes nada,un ideal o principio no se cambia porque no se consigan x resultados, en fin para que te lo voy a explicar si no lo vas a entender y eso que no eres del pp ( sera broma, ) y que conste que me importa un pimiento,es mas, en tu comentario desmereces a los que en esta vida tienen unas ideas distintas a las tuyas y pones como ejemplo a cubillo ¿ por su salud ? anda ya, no mientas hombre... cuando te refieres en general o otros colectivos y en especial a los que quieren que esta tierra sea libre.
Eso de : "así estos solo les valgan para envejecer entretenidos sin conseguir el objetivo " me parece una falta de respeto tremenda por tu parte, que mas te da a ti lo que piensen los demas y lo que hagan con sus vidas , que se hagan viejos como quieran ,con sus sueños e ilusiones se vean cumplidas o no lo sean.
PD lo de el gobierno español es una verguenza con el tema del petroleo y eso es indefendible y mas cuando a esas profundidades no se han hecho extracciones ( no recuerdo donde lei esto ultimo)
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
Artículo 62.
1. La concesión de explotación se otorgará por un período de treinta años, prorrogable por plazos iguales hasta un máximo de noventa años. Para la obtención de cada prórroga deberá demostrarse en el expediente reglamentario la continuidad del recurso o el descubrimiento de uno nuevo, así como la adecuación de las técnicas de aprovechamiento al progreso tecnológico. Sin perjuicio de lo anterior, la concesión caducará por las causas que se establecen en el artículo 86 de esta Ley.
2. El otorgamiento de una concesión de explotación confiere a su titular el derecho al aprovechamiento de lodos los recursos de la Sección C) que se encuentran dentro del perímetro de la misma, excepto los que previamente se hubiera reservado el Estado.
3. La concesión se otorgará siempre para una extensión determinada y concreta, medida en cuadriculas mineras completas, salvo en los casos de demasías a que se refiere la Disposición transitoria séptima de esta Ley.
4. Para un mismo terreno no podrá otorgarse más que una sola concesión de explotación de recursos de la Sección C).
5. El titular de la concesión deberá dar cuenta inmediata a la Delegación Provincial correspondiente del descubrimiento de recursos de presumible interés distintos de los que motivarán el otorgamiento, y podrá iniciar su aprovechamiento o renunciar expresamente al mismo. En este último caso, el Estado podrá reservarse su explotación, previo el oportuno expediente que se establezca en el Reglamento de esta Ley.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#c4s2
1. La concesión de explotación se otorgará por un período de treinta años, prorrogable por plazos iguales hasta un máximo de noventa años. Para la obtención de cada prórroga deberá demostrarse en el expediente reglamentario la continuidad del recurso o el descubrimiento de uno nuevo, así como la adecuación de las técnicas de aprovechamiento al progreso tecnológico. Sin perjuicio de lo anterior, la concesión caducará por las causas que se establecen en el artículo 86 de esta Ley.
2. El otorgamiento de una concesión de explotación confiere a su titular el derecho al aprovechamiento de lodos los recursos de la Sección C) que se encuentran dentro del perímetro de la misma, excepto los que previamente se hubiera reservado el Estado.
3. La concesión se otorgará siempre para una extensión determinada y concreta, medida en cuadriculas mineras completas, salvo en los casos de demasías a que se refiere la Disposición transitoria séptima de esta Ley.
4. Para un mismo terreno no podrá otorgarse más que una sola concesión de explotación de recursos de la Sección C).
5. El titular de la concesión deberá dar cuenta inmediata a la Delegación Provincial correspondiente del descubrimiento de recursos de presumible interés distintos de los que motivarán el otorgamiento, y podrá iniciar su aprovechamiento o renunciar expresamente al mismo. En este último caso, el Estado podrá reservarse su explotación, previo el oportuno expediente que se establezca en el Reglamento de esta Ley.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#c4s2
El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
Eso mismo lo leí yo perreta pero no dice cuanto tiene que pagar la empresa que tiene el derecho de explotación al Estado por tener ese derecho. Incluso otro artículo te dice que tendrá el derecho exclusivo de la venta del crudo.perreta# escribió:Artículo 62.
1. La concesión de explotación se otorgará por un período de treinta años, prorrogable por plazos iguales hasta un máximo de noventa años. Para la obtención de cada prórroga deberá demostrarse en el expediente reglamentario la continuidad del recurso o el descubrimiento de uno nuevo, así como la adecuación de las técnicas de aprovechamiento al progreso tecnológico. Sin perjuicio de lo anterior, la concesión caducará por las causas que se establecen en el artículo 86 de esta Ley.
2. El otorgamiento de una concesión de explotación confiere a su titular el derecho al aprovechamiento de lodos los recursos de la Sección C) que se encuentran dentro del perímetro de la misma, excepto los que previamente se hubiera reservado el Estado.
3. La concesión se otorgará siempre para una extensión determinada y concreta, medida en cuadriculas mineras completas, salvo en los casos de demasías a que se refiere la Disposición transitoria séptima de esta Ley.
4. Para un mismo terreno no podrá otorgarse más que una sola concesión de explotación de recursos de la Sección C).
5. El titular de la concesión deberá dar cuenta inmediata a la Delegación Provincial correspondiente del descubrimiento de recursos de presumible interés distintos de los que motivarán el otorgamiento, y podrá iniciar su aprovechamiento o renunciar expresamente al mismo. En este último caso, el Estado podrá reservarse su explotación, previo el oportuno expediente que se establezca en el Reglamento de esta Ley.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... .html#c4s2
En el decreto ley de la zona "gaviota" en el mar Cantábrico ponía que mediante real decreto se aplicaría la retribución económica
Sigo sin ver en ley esas proporciones que dice la noticia del blog.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
Está en la ley de minas en la especifica sobre hidrocarburos, pero no la he encontrado. De hidrocarburos apenas hay nada.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
¿No habrà una normativa europea?
El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
Yo la puse aquí y el reglamento.perreta# escribió:Está en la ley de minas en la especifica sobre hidrocarburos, pero no la he encontrado. De hidrocarburos apenas hay nada.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
Se modifican los apartados 2, 3 y 4 del artículo 9, quedando los mencionados apartados con la siguiente redacción:
2. El permiso de investigación faculta a su titular para investigar, en exclusiva, en la superficie otorgada la existencia de hidrocarburos y de almacenamientos subterráneos para los mismos, en las condiciones establecidas en la normativa vigente y en el plan de investigación previamente aprobado. El otorgamiento de un permiso de investigación confiere al titular el derecho, en exclusiva, a obtener concesiones de explotación, en cualquier momento del plazo de vigencia del permiso, sobre la misma área, previo cumplimiento de las condiciones a que se refiere el Capítulo III del presente Título.
3. La concesión de explotación faculta a su titular para realizar el aprovechamiento de los recursos descubiertos, bien por extracción de los hidrocarburos, bien por la utilización de las estructuras como almacenamiento subterráneo de cualquier tipo de aquéllos, así como proseguir los trabajos de investigación en el área otorgada.
El titular de una concesión de explotación tendrá derecho a las autorizaciones pertinentes para la construcción y utilización de las instalaciones que sean necesarias para el desarrollo de su actividad, siempre que se ajusten a la legislación vigente y al plan de explotación previamente aprobado.
4. Con carácter previo a la iniciación de los trabajos de exploración, investigación, explotación o almacenamiento de hidrocarburos se deberá constituir un seguro de responsabilidad civil a fin de responder de posibles daños a personas o bienes, como consecuencia de las actividades a desarrollar de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente teniendo en cuenta su naturaleza.
Se modifican los apartados 2, 3 y se suprime el apartado 4 del artículo 12, quedando el mencionado artículo con la siguiente redacción:
Artículo 12. Obligación de información.
1. Los titulares de autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación estarán obligados a proporcionar al órgano competente que los hubiese otorgado la información que le solicite respecto a las características del yacimiento y a los trabajos, producciones e inversiones que realicen, así como los informes geológicos y geofísicos referentes a sus autorizaciones, permisos y concesiones, así como los demás datos que reglamentariamente se determinen.
2. En el supuesto de autorizaciones de exploración, el carácter confidencial se mantendrá durante el plazo de siete años desde la fecha de terminación de los trabajos de campo. Asimismo, en el supuesto de permisos de investigación y concesiones de explotación, la información obtenida tendrá carácter confidencial durante el periodo de vigencia de los mismos.
3. La documentación técnica generada por programas de prospección en autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación deberá ser remitida a la Administración General del Estado para su incorporación al Archivo Técnico de Hidrocarburos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y además, en su caso, a la Comunidad Autónoma que los hubiera otorgado.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2007.html
2. El permiso de investigación faculta a su titular para investigar, en exclusiva, en la superficie otorgada la existencia de hidrocarburos y de almacenamientos subterráneos para los mismos, en las condiciones establecidas en la normativa vigente y en el plan de investigación previamente aprobado. El otorgamiento de un permiso de investigación confiere al titular el derecho, en exclusiva, a obtener concesiones de explotación, en cualquier momento del plazo de vigencia del permiso, sobre la misma área, previo cumplimiento de las condiciones a que se refiere el Capítulo III del presente Título.
3. La concesión de explotación faculta a su titular para realizar el aprovechamiento de los recursos descubiertos, bien por extracción de los hidrocarburos, bien por la utilización de las estructuras como almacenamiento subterráneo de cualquier tipo de aquéllos, así como proseguir los trabajos de investigación en el área otorgada.
El titular de una concesión de explotación tendrá derecho a las autorizaciones pertinentes para la construcción y utilización de las instalaciones que sean necesarias para el desarrollo de su actividad, siempre que se ajusten a la legislación vigente y al plan de explotación previamente aprobado.
4. Con carácter previo a la iniciación de los trabajos de exploración, investigación, explotación o almacenamiento de hidrocarburos se deberá constituir un seguro de responsabilidad civil a fin de responder de posibles daños a personas o bienes, como consecuencia de las actividades a desarrollar de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente teniendo en cuenta su naturaleza.
Se modifican los apartados 2, 3 y se suprime el apartado 4 del artículo 12, quedando el mencionado artículo con la siguiente redacción:
Artículo 12. Obligación de información.
1. Los titulares de autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación estarán obligados a proporcionar al órgano competente que los hubiese otorgado la información que le solicite respecto a las características del yacimiento y a los trabajos, producciones e inversiones que realicen, así como los informes geológicos y geofísicos referentes a sus autorizaciones, permisos y concesiones, así como los demás datos que reglamentariamente se determinen.
2. En el supuesto de autorizaciones de exploración, el carácter confidencial se mantendrá durante el plazo de siete años desde la fecha de terminación de los trabajos de campo. Asimismo, en el supuesto de permisos de investigación y concesiones de explotación, la información obtenida tendrá carácter confidencial durante el periodo de vigencia de los mismos.
3. La documentación técnica generada por programas de prospección en autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación deberá ser remitida a la Administración General del Estado para su incorporación al Archivo Técnico de Hidrocarburos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y además, en su caso, a la Comunidad Autónoma que los hubiera otorgado.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -2007.html
El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
La ley es esta pero yo creo que lo que es las cantidades a pagar al Estado lo harán como los concursos públicos y las cantidades según pliego de condiciones.Tony_lp escribió:Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y el Reglamento sobre investigación y explotación de hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio
A ver si alguien puede aportar algo interesante.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
CAPÍTULO III.
DE LA EXPLOTACIÓN.
Artículo 24. Derechos de los titulares de las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos. Redacción según Ley 12/2007, de 2 de julio.
1. La concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos confiere a sus titulares el derecho a realizar en exclusiva la explotación del yacimiento de hidrocarburos en las áreas otorgadas por un período de treinta años, prorrogable por dos períodos sucesivos de diez.
2. Los titulares de una concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos tendrán derecho a continuar las actividades de investigación en dichas áreas y a la obtención de autorizaciones para las actividades previstas en este Título.
3. Los titulares de una concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos podrán vender libremente los hidrocarburos obtenidos.
Artículo 24 bis. Derechos de los titulares de las concesiones de explotación de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos. Añadido por Ley 12/2007, de 2 de julio.
1. Los titulares de una concesión de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos tendrán derecho a almacenar hidrocarburos de producción propia o propiedad de terceros en el subsuelo del área otorgada y se otorgará por un período de treinta años, prorrogable por dos períodos sucesivos de diez años. Asimismo, podrán realizar actividades de investigación de dichos almacenamientos.
2. Si por razones técnicas se requiere la extracción de hidrocarburos existentes en la estructura subterránea objeto de la concesión de almacenamiento subterráneo, los titulares de la misma podrán proceder a la extracción de los hidrocarburos de acuerdo con las condiciones establecidas en el otorgamiento de la concesión.
----------------------------------------------------
Está claro quien se beneficia del expolio a Canarias, ahora toca pedir disculpas.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t2.html#c3
DE LA EXPLOTACIÓN.
Artículo 24. Derechos de los titulares de las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos. Redacción según Ley 12/2007, de 2 de julio.
1. La concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos confiere a sus titulares el derecho a realizar en exclusiva la explotación del yacimiento de hidrocarburos en las áreas otorgadas por un período de treinta años, prorrogable por dos períodos sucesivos de diez.
2. Los titulares de una concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos tendrán derecho a continuar las actividades de investigación en dichas áreas y a la obtención de autorizaciones para las actividades previstas en este Título.
3. Los titulares de una concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos podrán vender libremente los hidrocarburos obtenidos.
Artículo 24 bis. Derechos de los titulares de las concesiones de explotación de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos. Añadido por Ley 12/2007, de 2 de julio.
1. Los titulares de una concesión de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos tendrán derecho a almacenar hidrocarburos de producción propia o propiedad de terceros en el subsuelo del área otorgada y se otorgará por un período de treinta años, prorrogable por dos períodos sucesivos de diez años. Asimismo, podrán realizar actividades de investigación de dichos almacenamientos.
2. Si por razones técnicas se requiere la extracción de hidrocarburos existentes en la estructura subterránea objeto de la concesión de almacenamiento subterráneo, los titulares de la misma podrán proceder a la extracción de los hidrocarburos de acuerdo con las condiciones establecidas en el otorgamiento de la concesión.
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Está claro quien se beneficia del expolio a Canarias, ahora toca pedir disculpas.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t2.html#c3
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
el Capitulo III Artículo 24 está muy claro. Tienen derecho en exclusividad de la explotación, vamos que hace y deshacen como quieran.Tony_lp escribió:La ley es esta pero yo creo que lo que es las cantidades a pagar al Estado lo harán como los concursos públicos y las cantidades según pliego de condiciones.Tony_lp escribió:Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y el Reglamento sobre investigación y explotación de hidrocarburos, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio
A ver si alguien puede aportar algo interesante.
Última edición por perreta el Jue Nov 22, 2012 9:41 pm, editado 1 vez en total.
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Re: El Gobierno quiere explorar el petróleo de Canarias
La ley es muy clara, el que tiene el derecho de la explotación, es el que se llevará toda la tajada, el estado Español ingresara por vía impuestos me imagino.