La UD Las Palmas impugna el acta arbitral del último partido
Publicado: Mar May 15, 2007 10:28 pm
Noticia publicada en la web oficial del club:
Hay que tener huevos para poner en el acta que amonestó a dos jugadores por ser culpables de conducta deportiva xDDD.UDLasPalmas.es escribió:La UD Las Palmas impugna el acta arbitral del partido que le enfrentó al Albacete
La UD Las Palmas ha decidido impugnar el acta firmada por el colegiado Amoedo Chas tras el último partido, disputado contra el Albacete Balompié, en la que explica las amonestaciones a los jugadores Marcos Márquez, Aythami, Ione, David González, Nacho Garro y Trashorras, al entrenador, Juanito, y al preparador físico, Rafael Cristóbal. Para la entidad amarilla, el acta no explica exactamente los hechos o conductas sancionados, adolece de falta de motivación y vulnera el derecho fundamental de defensa, recogido en el Artículo 24.2 de nuestra Constitución.
En el acta, el colegiado explica las amonestaciones de Nacho Garro y David González por ser "culpables de conducta deportiva", sin concretar a qué conducta se refiere. En el caso de las tarjetas mostradas a Márquez, Ione y Trashorras, Amoedo Chas fundamenta su sanción por "desaprobar con palabras o acciones". La expulsión de Aythami queda explicada en el acta por "ser culpable de juego brusco grave". A Juanito Rodríguez lo amonesta por "desaprobar con palabras" y a Rafael Cristóbal por emplear "un lenguaje grosero y obsceno".
Al no conocer con precisión qué acción o hecho es el que se sanciona, a tenor de la redacción del acta arbitral, la entidad amarilla no puede emplear todos los medios que pudieran estar a su alcance para combatir dicha decisión, la cual se muestra, a juicio los servicios jurídicos de la Unión Deportiva, "insuficientemente motivada y fundamentada". Las Palmas entiende que con la mera referencia en el acta de incidencias al hecho de que el jugador o técnico realizase una acción genérica, tan sólo se está señalando el tipo, es decir, lo que el Artículo 51 del Código Disciplinario de la FIFA, en relación con la Regla 12, de las Reglas de Juego Disciplinario, sancionan genéricamente. No señala, pues, el hecho que motiva la sanción, sino que se limita a hacer una redacción de lo que genéricamente sería objeto de sanción, sin entrar en la particular acción atribuída a los sancionados.