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Duda de examen teorico DGT
Publicado: Vie Sep 17, 2010 11:15 am
por Amarillento
Pues tengo una duda en una pregunta y es que si el carril que comparte espacio con el carril reversible, también debe llevar la luz de cruce encendida, he leido en algún sitio que si, pero solo encuentro que se deben llevar encendidas en el propio carril habilitado y no hablan de lo que debe de hacer el de al lado, alguien sabe algo?
Re: Duda de examen teorico DGT
Publicado: Vie Sep 17, 2010 11:49 am
por dosreis
Amarillento escribió:Pues tengo una duda en una pregunta y es que si el carril que comparte espacio con el carril reversible, también debe llevar la luz de cruce encendida, he leido en algún sitio que si, pero solo encuentro que se deben llevar encendidas en el propio carril habilitado y no hablan de lo que debe de hacer el de al lado, alguien sabe algo?
Sí. Debes llevar las luces de cruce encendidas. Te paso el reglamento de circulación. Léetelo y saldrás de dudas. (Art.40 y ss)
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 2.html#a40
Publicado: Vie Sep 17, 2010 11:58 am
por Amarillento
muchas gracias por responder, entonces la tuve correcta

:D
Publicado: Vie Sep 17, 2010 12:18 pm
por Amarillento
pues he leido eso y no pone lo que pregunté, me refería al carril de al lado de uno reversible, lo pregunté en meristation y uno ha dicho totalmente seguro que sí, pero estoy dudando la verdad...
Publicado: Vie Sep 17, 2010 3:31 pm
por Suvi1992
Si estas en un carril reversible siempre debes llevar luz de cruce y si fuera habilitado solamente lo debe llevar el conductor del carril contiguo al habilitado, mientras que si existe mas de un carril de tu sentido debiendo usar el carril de tu derecha (logicamente

) no es necesario llevar las luces
Publicado: Vie Sep 17, 2010 4:22 pm
por dosreis
Amarillento escribió:pues he leido eso y no pone lo que pregunté, me refería al carril de al lado de uno reversible, lo pregunté en meristation y uno ha dicho totalmente seguro que sí, pero estoy dudando la verdad...
"Los conductores de los vehículos que circulen por carriles destinados al sentido normal de circulación, contiguos al habilitado para circulación en sentido contrario al habitual, llevarán encendida la luz de corto alcance o cruce, al menos, tanto de día como de noche" Lo pone en el tercer párrafo del art. 41. De todas formas el compañero te lo ha explicado la mar de bien.