Constitución española vs Constitución italiana
Publicado: Jue Feb 28, 2013 4:59 pm
Constitución española vs Constitución italiana
Aprovechando que cada día se habla más de la necesidad de hacer una reforma constitucional, y haciendo una notable excepción ya que el objetivo de este blog no es hablar de cuestiones políticas, me ha parecido interesante hacer una breve comparativa entre la Constitución italiana (en vigor desde 1948) y la Constitución española aprobada tres décadas más tarde.
La comparativa es sobre los principios constitucionales, es decir, los pilares o principios fundamentales del orden jurídico-político que configuran ambos Estados. En la Constitución española se le llama Título preliminar y en la italiana Principios fundamentales.
Cuestiones fundamentales mencionadas en los dos primeros artículos:
Italia es una República fundada en el trabajo.
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española.
(Sinónimos de fundar: fundamentar, crear, establecer, constituir, instituir, instaurar, erigir, organizar, alzar, construir).
Derechos:
Italia: 1- La República reconoce y garantiza los derechos inviolables del hombre.
2- La República reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo.
3- Todo extranjero, al que se impida en su país el ejercicio efectivo de las libertades democráticas garantizadas por la Constitución italiana, tendrá derecho de asilo.
4- A la libertad y la igualdad de los ciudadanos (Corresponde a la República remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando el derecho a la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana).
España: 1- A usar el castellano.
Deberes:
Italia: 1- La República (...) exige el cumplimiento de los deberes inexcusables de solidaridad política, económica y social.
2- Todo ciudadano tiene el deber de desarrollar, con arreglo a sus posibilidades y según su propia elección, una actividad o función que concurra al progreso material o espiritual de la sociedad.
España: 1- A conocer el castellano.
Número de veces que se mencionan las siguientes palabras:
Patria, bandera, Nación, nacional, lengua, modalidades lingüísticas, fuerzas armadas, ejército, militar, italiano: 5 veces.
Patria, bandera, Nación, nacional, lengua, modalidades lingüísticas, fuerzas armadas, ejército, militar, español: 18 veces.
Ciudadanos, pueblo, trabajo, trabajadores, hombre, persona humana, dignidad social, libertad, solidaridad, paz, justicia, igualdad: 19 veces en la Constitución italiana.
Ciudadanos, pueblo, trabajo, trabajadores, hombre, persona humana, dignidad social, libertad, solidaridad, paz, justicia, igualdad: 9 veces en la Constitución española.
Constitución italiana: ni una mención al ejército, a la capital del Estado ni al italiano como idioma oficial del país.
Otros aspectos humanistas/sociales que podemos encontrar en los Principios fundamentales de ambas Constituciones:
Italia: 1- La República promoverá el desarrollo de la cultura y la investigación científica y técnica.
2- Protegerá el paisaje y el patrimonio histórico de la Nación.
3- Italia repudia la guerra como instrumento de ataque a la libertad de los demás pueblos y como medio de solución de las controversias internacionales.
4- Todas las confesiones religiosas son igualmente libres ante la ley.
5- Todos los ciudadanos tienen la misma dignidad social y son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer distinción alguna por razones de sexo, raza, lengua, religión y opiniones políticas u otras circunstancias personales y sociales.
6- Corresponde a la República remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando el derecho a la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana y la participación efectiva de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país.
España: 1- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impiden o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
2- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
http://www.rankia.com/blog/oraculo-omah ... s-italiana
Aprovechando que cada día se habla más de la necesidad de hacer una reforma constitucional, y haciendo una notable excepción ya que el objetivo de este blog no es hablar de cuestiones políticas, me ha parecido interesante hacer una breve comparativa entre la Constitución italiana (en vigor desde 1948) y la Constitución española aprobada tres décadas más tarde.
La comparativa es sobre los principios constitucionales, es decir, los pilares o principios fundamentales del orden jurídico-político que configuran ambos Estados. En la Constitución española se le llama Título preliminar y en la italiana Principios fundamentales.
Cuestiones fundamentales mencionadas en los dos primeros artículos:
Italia es una República fundada en el trabajo.
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española.
(Sinónimos de fundar: fundamentar, crear, establecer, constituir, instituir, instaurar, erigir, organizar, alzar, construir).
Derechos:
Italia: 1- La República reconoce y garantiza los derechos inviolables del hombre.
2- La República reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo.
3- Todo extranjero, al que se impida en su país el ejercicio efectivo de las libertades democráticas garantizadas por la Constitución italiana, tendrá derecho de asilo.
4- A la libertad y la igualdad de los ciudadanos (Corresponde a la República remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando el derecho a la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana).
España: 1- A usar el castellano.
Deberes:
Italia: 1- La República (...) exige el cumplimiento de los deberes inexcusables de solidaridad política, económica y social.
2- Todo ciudadano tiene el deber de desarrollar, con arreglo a sus posibilidades y según su propia elección, una actividad o función que concurra al progreso material o espiritual de la sociedad.
España: 1- A conocer el castellano.
Número de veces que se mencionan las siguientes palabras:
Patria, bandera, Nación, nacional, lengua, modalidades lingüísticas, fuerzas armadas, ejército, militar, italiano: 5 veces.
Patria, bandera, Nación, nacional, lengua, modalidades lingüísticas, fuerzas armadas, ejército, militar, español: 18 veces.
Ciudadanos, pueblo, trabajo, trabajadores, hombre, persona humana, dignidad social, libertad, solidaridad, paz, justicia, igualdad: 19 veces en la Constitución italiana.
Ciudadanos, pueblo, trabajo, trabajadores, hombre, persona humana, dignidad social, libertad, solidaridad, paz, justicia, igualdad: 9 veces en la Constitución española.
Constitución italiana: ni una mención al ejército, a la capital del Estado ni al italiano como idioma oficial del país.
Otros aspectos humanistas/sociales que podemos encontrar en los Principios fundamentales de ambas Constituciones:
Italia: 1- La República promoverá el desarrollo de la cultura y la investigación científica y técnica.
2- Protegerá el paisaje y el patrimonio histórico de la Nación.
3- Italia repudia la guerra como instrumento de ataque a la libertad de los demás pueblos y como medio de solución de las controversias internacionales.
4- Todas las confesiones religiosas son igualmente libres ante la ley.
5- Todos los ciudadanos tienen la misma dignidad social y son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer distinción alguna por razones de sexo, raza, lengua, religión y opiniones políticas u otras circunstancias personales y sociales.
6- Corresponde a la República remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando el derecho a la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana y la participación efectiva de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país.
España: 1- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impiden o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
2- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
http://www.rankia.com/blog/oraculo-omah ... s-italiana