El Consejo de Estado critica la incompatibilidad entre la percepción de pensiones indemnizatorias o prestaciones compensatorias y el desempeño de cualquier actividad pública o privada retribuida
El organismo también echa en falta las "reglas" a las que deberá someterse la Oficina de Conflictos de Intereses

Soraya Sáenz de Santamaría, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este 31 de enero. EFE
El Consejo de Estado avisa al Gobierno de que la futura ley reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado suaviza las incompatibilidades profesionales para los exdirigentes en los dos años posteriores a su cese al permitirles más actividades que la vigente ley de Zapatero.
Así se refleja en el informe, recogido por Europa Press, que el organismo consultivo ha redactado ante la Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado que el Ejecutivo aprobó el pasado 21 de febrero y que ha sido remitida al Congreso para su tramitación parlamentaria.
En dicho informe, el Consejo de Estado señala que la nueva ley no permite prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado "afectadas por decisiones" en las que han participado ese ex alto cargo, mientras que en la normativa de 2006 la limitación se extendía a empresas o sociedades privadas "relacionadas directamente con las competencias" del puesto ejercido, hubiera o no tomado decisiones al respecto. "Se aprecia cierta reducción del ámbito objetivo de aplicación", denuncia.
Además, critica la incompatibilidad entre la percepción de pensiones indemnizatorias o prestaciones compensatorias y el desempeño de cualquier actividad pública o privada retribuida aunque se renuncie a ese salario: desconoce la razón que justifica prohibir el desempeño de una actividad pública o privada cuando se renuncia a la correspondiente retribución y duda del efecto que esta previsión puede traer consigo a quienes sean funcionarios públicos.
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