Parece que en el almuerzo de hoy, el Sr. Ramírez y Juanito intentaran colocarle al Secretario Técnico del Tenerife a Carmelo.
Hasta este momento, el Club quiere 1,200.000 euros (200.000.000 ptas.) pero no hay NI UNA SOLA OFERTA que sobrepase los 700.000 euros (116.400.000 ptas.)
Por ese precio la cosa está muy, muy complicada, me parece que al final o se reducen las pretensiones o nos "comemos" a Carmelo otra temporada más.
CARMELO: ¿Quién da más?
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Lo acabo de confirmar y estaba yo equivocado en la afirmación del post anterior.
El Depor tiene una opción preferencial por 1.600.000, en caso de que el Depor no haga uso de esa opción y la UD lo traspase a otro equipo por una cantidad mayor de la de 1.600.000, el Depor y la UD se repartirían al 50% el excedente, es decir si lo vendemos por 2.000.000, el excedente sería 400.000, que se repartiría a partes iguales entre la UD y el Depor. O al menos así lo entiendo yo, creo que era el apartado cuarto del contrato.
El Depor tiene una opción preferencial por 1.600.000, en caso de que el Depor no haga uso de esa opción y la UD lo traspase a otro equipo por una cantidad mayor de la de 1.600.000, el Depor y la UD se repartirían al 50% el excedente, es decir si lo vendemos por 2.000.000, el excedente sería 400.000, que se repartiría a partes iguales entre la UD y el Depor. O al menos así lo entiendo yo, creo que era el apartado cuarto del contrato.
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Uno Más,
CUARTA.- La UNIÓN DEPORTIVA LAS PALMAS, S.A.D. reconoce un derecho de adquisición preferente frente a terceros equipos a favor del R.C. DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S.A.D. respecto al jugador Don Carmelo González Jiménez.
Las partes tasan al mencionado jugador en UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL (1.600.000£) EUROS.
La duración del derecho de preferente adquisición será hasta el 30 de junio de 2007. Llegado el caso de un traspaso del mencionado jugador, y si por la causa que sea el RC DEPORTlVO DE LA CORUÑA, S.A.D. no hiciera uso del derecho concedido, de la cuantía que se obtuviera en concepto de traspaso por el jugador y que sobrepasara la cantidad por la que se ha tasado, el excedente se repartirá entre las partes al 50%.
Además el RC DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S.A.D. tendrá derecho, en el supuesto de una venta a un tercer club por debajo del precio fijado en el anterior párrafo, a un derecho de tanteo y retracto durante el tiempo de la opción.
En pesetas, el jugador está tasado en 300.000.000 millones y efectivamente si se vende por encima de ese importe, la cantidad que exceda se distribuirá al 50% entre los dos clubes.
En el caso de que se venda por debajo de los 300.000.000 el Depor tiene derecho de tanteo y retracto, es decir, que antes de venderlo a otro Club el Depor por el miso importe se lo puede quedar.
CUARTA.- La UNIÓN DEPORTIVA LAS PALMAS, S.A.D. reconoce un derecho de adquisición preferente frente a terceros equipos a favor del R.C. DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S.A.D. respecto al jugador Don Carmelo González Jiménez.
Las partes tasan al mencionado jugador en UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL (1.600.000£) EUROS.
La duración del derecho de preferente adquisición será hasta el 30 de junio de 2007. Llegado el caso de un traspaso del mencionado jugador, y si por la causa que sea el RC DEPORTlVO DE LA CORUÑA, S.A.D. no hiciera uso del derecho concedido, de la cuantía que se obtuviera en concepto de traspaso por el jugador y que sobrepasara la cantidad por la que se ha tasado, el excedente se repartirá entre las partes al 50%.
Además el RC DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S.A.D. tendrá derecho, en el supuesto de una venta a un tercer club por debajo del precio fijado en el anterior párrafo, a un derecho de tanteo y retracto durante el tiempo de la opción.
En pesetas, el jugador está tasado en 300.000.000 millones y efectivamente si se vende por encima de ese importe, la cantidad que exceda se distribuirá al 50% entre los dos clubes.
En el caso de que se venda por debajo de los 300.000.000 el Depor tiene derecho de tanteo y retracto, es decir, que antes de venderlo a otro Club el Depor por el miso importe se lo puede quedar.